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Embargo de pensión de viudedad: ¿es posible?

Embargo de pensión de viudedad: ¿es posible?

La preocupación sobre si «se puede embargar una pensión de viudedad» es común entre quienes enfrentan deudas y procesos de embargo. Esto es especialmente importante para personas mayores que dependen de esta pensión como su única fuente de ingresos. En este artículo, te ofrecemos una visión detallada sobre la embargabilidad de la pensión de viudedad, el marco legal en España y los pasos que puedes seguir para proteger tus derechos.

Contenido

Definición de la pensión de viudedad

La pensión de viudedad es una prestación económica destinada a ofrecer apoyo financiero al cónyuge que queda en vida tras el fallecimiento de su pareja. Forma parte del sistema de Seguridad Social en España y su objetivo principal es garantizar la estabilidad económica del viudo o viuda, especialmente si este se encuentra en situaciones vulnerables.

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El importe de la pensión se determina a partir de la base reguladora del causante, es decir, del fallecido, y se aplica un porcentaje que puede variar según las circunstancias personales del beneficiario, como la existencia de hijos o la duración del matrimonio.

Para acceder a esta prestación, el solicitante debe cumplir ciertos requisitos, tales como:

  • Estar casado o ser pareja de hecho del fallecido.
  • Que el fallecido haya cotizado un mínimo a la Seguridad Social.
  • No haber contraído nuevas nupcias, salvo excepciones.

Aspectos legales sobre el embargo de pensiones

En España, cualquier ingreso puede ser objeto de embargo si existe una deuda reconocida judicialmente. Sin embargo, la Ley de Enjuiciamiento Civil establece ciertos límites para proteger a los deudores más vulnerables. Esto incluye la pensión de viudedad.

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El artículo 607 de esta ley establece que no se puede embargar el salario, sueldo, pensión o retribución que no supere el salario mínimo interprofesional (SMI). Por lo tanto, este artículo es esencial para entender la protección que tienen los beneficiarios de una pensión de viudedad frente al embargo.

¿Cuándo se puede embargar una pensión de viudedad?

La pensión de viudedad puede ser embargada, pero solo si el importe supera el Salario Mínimo Interprofesional. Para el año 2025, el SMI se sitúa en 1.134 euros mensuales en 14 pagas, lo que equivale a aproximadamente 1.323 euros mensuales en 12 pagas. Si la pensión de viudedad es inferior a este umbral, no se puede embargar.

Si la pensión excede el SMI, solo se puede embargar la parte que sobrepase este límite, aplicándose una escala progresiva que establece diferentes porcentajes de embargo:

  • Entre 1 y 2 veces el SMI: embargable al 30%.
  • Entre 2 y 3 veces el SMI: embargable al 50%.
  • Entre 3 y 4 veces el SMI: embargable al 60%.
  • Entre 4 y 5 veces el SMI: embargable al 75%.
  • Más de 5 veces el SMI: embargable al 90%.

Impacto de la situación familiar en el embargo

La ley también contempla que el mínimo inembargable se puede aumentar si el deudor tiene personas a su cargo. En estos casos, se incrementa un 30% del SMI por cada conviviente sin ingresos propios. Esto significa que en hogares donde el beneficiario de la pensión de viudedad mantiene económicamente a dependientes, el umbral de inembargabilidad puede ser superior, lo que puede reducir o eliminar la cantidad embargable.

¿Quién puede solicitar un embargo sobre la pensión de viudedad?

El embargo de una pensión de viudedad puede ser solicitado por las siguientes entidades:

  • Hacienda: en caso de deudas fiscales o tributarias.
  • Seguridad Social: por impagos de cuotas, especialmente si el deudor ha sido autónomo.
  • Entidades financieras: a través de un proceso judicial si existe una deuda con el banco.
  • Particulares: si un juzgado ha dictado sentencia a favor de un acreedor por una deuda privada.

En todos los casos, es fundamental que se respete el procedimiento legal, se notifique adecuadamente al afectado y no se embargue más de lo permitido por la ley.

Procedimiento del embargo

El embargo se lleva a cabo directamente sobre el importe que la Seguridad Social transfiere al beneficiario. Una vez que se recibe la orden del juzgado, la Seguridad Social retiene automáticamente la parte embargable y transfiere el resto al pensionista. Este proceso asegura que no se vulneren los límites legales establecidos.

Si el beneficiario detecta errores o abusos en el embargo, tiene derecho a presentar una reclamación, ya sea ante el juzgado o directamente ante la Seguridad Social.

Pasos a seguir si recibes un embargo sobre tu pensión de viudedad

  1. Verifica el importe embargado: asegúrate de que la pensión no exceda el SMI y que el embargo se haya realizado conforme a los tramos legales establecidos.
  2. Solicita un certificado de convivencia: si tienes personas a tu cargo, esto puede aumentar el mínimo inembargable.
  3. Presenta un recurso si es necesario: puedes presentar alegaciones ante el juzgado que ordenó el embargo si consideras que se ha realizado incorrectamente.
  4. Consulta a un abogado especializado: contar con un asesoramiento legal puede ser crucial para revisar la legalidad del embargo y explorar opciones.

Embargo en el marco de la Ley de Segunda Oportunidad

En los procesos de Ley de Segunda Oportunidad, es posible que un juez dictamine el embargo de parte de los ingresos del deudor, incluidas las pensiones. Sin embargo, se deben respetar los mismos límites que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Además, en ciertas circunstancias, el abogado del deudor puede solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), lo que permitiría cancelar deudas sin afectar ingresos esenciales como la pensión de viudedad.

Recomendaciones para proteger tu pensión de viudedad

  • Transparencia en los ingresos: no ocultes información sobre tus ingresos y asegúrate de comunicar tu situación personal adecuadamente.
  • Solicita revisión judicial: si consideras que el embargo puede vulnerar tus derechos, busca una revisión judicial.
  • Documenta tus dependientes: tener prueba de las personas a tu cargo puede justificar el aumento del mínimo inembargable.
  • Considera acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad: si estás en una situación financiera crítica, esta ley puede ofrecerte alternativas.

Preguntas frecuentes sobre el embargo de pensión de viudedad

¿Qué parte de la pensión de viudedad es inembargable?

La parte inembargable corresponde al salario mínimo interprofesional vigente. A partir de esa cantidad, se aplica un porcentaje progresivo al exceso.

¿Puede un banco embargar directamente la pensión?

No, el banco no puede embargar sin una orden judicial. Debe iniciar un proceso de reclamación de deuda y obtener una resolución que autorice el embargo.

¿Se puede embargar la pensión de viudedad si hay hijos a cargo?

Sí, en este caso, el mínimo inembargable aumenta. Por cada conviviente sin ingresos, se incrementa un 30% del SMI, lo que reduce la cantidad embargable.

¿Qué hacer si el embargo supera lo permitido?

Debes presentar una reclamación ante el juzgado o ante la Seguridad Social. Es recomendable contar con un abogado que te asesore adecuadamente.

¿Es posible evitar el embargo bajo la Ley de Segunda Oportunidad?

Sí, ya que este procedimiento puede suspender embargos y, en algunos casos, permitir la exoneración total de deudas, protegiendo así tus ingresos esenciales.

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