La acumulación de deudas con la Seguridad Social es un desafío que afecta a muchos trabajadores autónomos en España. Esta situación puede surgir por diversas razones, desde dificultades económicas hasta la falta de información. Si te encuentras en esta situación, es crucial conocer cómo gestionar tus deudas. A continuación, te ofrecemos una guía completa para consultar y manejar tus deudas con la Seguridad Social.
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¿Por qué es esencial consultar tus deudas con la Seguridad Social?
Las deudas con la Seguridad Social no son solo un inconveniente administrativo; pueden acarrear consecuencias graves que afecten tu actividad como autónomo. Ignorar este problema puede limitar tus oportunidades laborales y generar complicaciones legales. A continuación, se presentan algunas de las consecuencias más relevantes:
Te puede interesar también:
- Acceso restringido a ayudas y subvenciones: Tener deudas pendientes puede impedirte acceder a ciertos programas de apoyo financiero.
- Pérdida de bonificaciones: Las deudas pueden resultar en la pérdida de beneficios fiscales que podrías estar aprovechando.
- Embargos: Tus cuentas bancarias o bienes pueden ser objeto de embargo, lo que puede poner en riesgo tu patrimonio personal.
- Limitaciones en contratos públicos: La deuda puede impedirte participar en licitaciones o contratos con la Administración Pública.
- Procedimientos de recaudación forzosa: Podrías ser incluido en listas de deudores, lo que conlleva procedimientos de apremio.
Además, si no actúas a tiempo, las deudas con la Seguridad Social pueden acumular recargos significativos, que pueden ser de hasta el 35% en algunos casos, agravando tu situación financiera.
¿Cómo consultar tus deudas con la Seguridad Social como autónomo?
Afortunadamente, la Seguridad Social pone a disposición de los autónomos varias opciones para consultar sus deudas de manera rápida y eficiente:
1. A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social
El acceso a la información es sencillo si cuentas con los siguientes requisitos:
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- Certificado digital (como el FNMT o el DNI electrónico).
- Cl@ve PIN o permanente para acceder a los servicios online.
Pasos para consultar tus deudas:
- Accede a sede.seg-social.gob.es.
- Dirígete a la sección “Ciudadanos” > “Recaudación”.
- Haz clic en “Consulta de deudas”.
- Identifícate con tu certificado digital o Cl@ve.
- Revisa la información que incluye:
- Importe total de la deuda.
- Desglose por períodos de facturación.
- Estado del expediente (voluntaria, ejecutiva, embargo, etc.).
Este informe puede descargarse en formato PDF y tiene validez oficial.
2. Solicitud presencial en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
Si prefieres el trato personal, puedes acudir a cualquier oficina de la Seguridad Social. Es fundamental que lleves tu DNI o NIE y que solicites cita previa por internet o llamando al 901 106 570.
¿Qué hacer si tienes deudas con la Seguridad Social?
Una vez que sepas el monto de tu deuda, hay varias vías para abordarla, dependiendo de tu situación financiera:
1. Pago voluntario
Si cuentas con los recursos necesarios, lo más recomendable es efectuar el pago completo. De esta manera, evitas recargos y posibles procedimientos de embargo. Puedes generar el documento de ingreso desde la sede electrónica y pagar en tu banco.
2. Solicitud de aplazamiento
Si no puedes hacer frente a la deuda de manera inmediata, puedes optar por solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la misma.
Requisitos:
- No estar en situación de concurso de acreedores.
- Realizar la solicitud antes de que comience el procedimiento ejecutivo.
Ventajas:
- Evitas embargos inmediatos.
- Permite seguir dado de alta en la Seguridad Social.
- Si mantienes el aplazamiento, puedes seguir accediendo a ayudas o bonificaciones.
El aplazamiento conlleva un interés del 3,75% (actualizado a 2025) y puede gestionarse online con certificado digital.
3. Cancelar la deuda con la Ley de Segunda Oportunidad
Cuando la deuda se vuelve inasumible, acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es una opción viable. Esta legislación permite a los autónomos deshacerse de deudas que no pueden pagar.
¿Es posible eliminar las deudas con la Seguridad Social mediante la Ley de Segunda Oportunidad?
Desde las reformas de 2022, la Ley de Segunda Oportunidad permite exonerar deudas públicas, incluidas las de la Seguridad Social y Hacienda, aunque existen ciertos límites.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
Este mecanismo legal, contemplado en la Ley Concursal, brinda a particulares y autónomos la posibilidad de cancelar sus deudas y comenzar de nuevo, siendo una herramienta cada vez más utilizada por aquellos que se encuentran en una situación financiera complicada.
¿Qué deudas se pueden cancelar?
- Deudas privadas: bancos, proveedores, tarjetas de crédito, microcréditos.
- Deudas públicas: Seguridad Social y Agencia Tributaria hasta 10.000 euros por cada organismo, según la reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal.
Requisitos para acogerse:
- Actuar de buena fe (no ocultar bienes ni ingresos).
- No haber sido condenado por delitos socioeconómicos.
- Haber intentado un acuerdo extrajudicial o acudir al concurso si no es viable.
- Demostrar la imposibilidad de pagar las deudas actuales con tus bienes e ingresos.
¿Cómo es el procedimiento para cancelar las deudas con la Seguridad Social?
El procedimiento para la cancelación de deudas suele seguir ciertos pasos clave:
1. Estudio de viabilidad
Un despacho especializado evalúa tu situación financiera y determina si cumples los requisitos necesarios para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. Se calculará cuánto podrías llegar a exonerar.
2. Presentación del concurso de acreedores
Se presenta ante el juzgado mercantil una solicitud de concurso con exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), que incluye todas tus deudas, incluidas las de la Seguridad Social.
3. Tramitación judicial
Un administrador concursal revisa tu caso y propone un plan de liquidación si posees bienes. Posteriormente, el juez puede conceder la exoneración definitiva.
4. Cancelación de las deudas
Una vez que se obtiene la resolución, quedarás libre de las deudas exoneradas, incluidas las de la Seguridad Social, hasta donde permita la ley.
¿Qué ocurre con la parte de la deuda que no se puede exonerar?
Si tu deuda con la Seguridad Social supera los 10.000 €, la parte que excede ese límite no será cancelada. Sin embargo, se pueden negociar aplazamientos una vez que se haya finalizado el procedimiento concursal. Si tu situación financiera cambia, podrías solicitar una revisión futura.
¿Necesitas ayuda para consultar tus deudas o acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad?
En Reclamalia Abogados, somos expertos en derecho concursal y hemos ayudado a numerosos autónomos a liberarse de sus deudas. Si buscas una valoración gratuita de tu caso, no dudes en contactarnos. Te guiaremos paso a paso para cancelar tus deudas con la Seguridad Social y recuperar tu estabilidad financiera.